Si leyendo alguna convocatoria te has encontrado con la figura del personal estatutario es posible que te hayan saltado algunas preguntas a la cabeza: ¿De qué se trata? ¿Tienen los mismos derechos y deberes que un funcionario? Si me convierto en uno de ellos, ¿podría llegar a perder la plaza?
El personal estatutario es un tipo de empleado público que rige su relación contractual con la administración pública a través de un estatuto o normativa propia, señala la Academia TEBA.
Este es el hecho principal que lo distingue del personal funcionario y el personal laboral. Mientras el personal estatutario depende de un estatuto propio, los funcionarios se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público y el personal laboral lo hace por el Estatuto de los Trabajadores.
Disponer de un marco laboral propio tiene sus ventajas y sus desventajas. Por ejemplo, mientras muchos funcionarios cotizan en una mútua privada el personal estatutario lo hace en la Seguridad Social.
El personal estatutario puede ser de dos tipos:
Personal estatutario fijo. Al igual que los funcionarios, desempeñan su trabajo con carácter permanente tras superar un proceso selectivo y adquirir su plaza bajo nombramiento oficial. El personal laboral, en cambio, accede a su trabajo mediante un contrato laboral.
Personal estatutario temporal. Su trabajo es coyuntural o extraordinario y depende de la necesidad, la urgencia o el desarrollo de programas de carácter temporal. Vendrían a ser el equivalente de los interinos.
Cuando hablamos de personal estatutario solemos referirnos específicamente al personal estatutario perteneciente a los servicios de salud, aunque existen otros puestos de trabajo que cuentan con una legislación específica propia, como puede ser el personal militar de las Fuerzas Armadas o el personal funcionario de las Cortes Generales y de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
El personal estatutario de los servicios de la salud se rige diferencialmente por Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco y por los correspondientes desarrollos normativos autonómicos.
En resumidas cuentas, el personal estatutario viene a ser algo así como un tipo de funcionario con un marco laboral propio. Si consigues un puesto de personal estatutario fijo, tu plaza será tan estable como pueda serlo la de un funcionario.